El mobbing o acoso inmobiliario es una práctica ilegal que llevan a cabo algunos propietarios de inmuebles y que ejercen contra sus arrendatarios o contra los dueños de una propiedad dentro de su inmueble. Esta práctica consiste en causar molestias y desatender las obligaciones como arrendador o propietario con el fin de provocar la marcha del inquilino.
El mobbing inmobiliario normalmente se ejerce por motivos económicos: el propietario trata de ‘echar’ a los inquilinos para sacar una rentabilidad mayor de dicho inmueble a través de un alquiler más alto o una venta más satisfactoria. Se trata de una situación común entre los inquilinos de los llamados ‘alquileres de renta antigua’, cuyas tarifas se establecieron hace varias décadas y su importe es sensiblemente inferior al precio de mercado. No obstante, este acoso también puede darse por otros motivos más complejos y suele consistir en el corte de los suministros (agua, luz, etc.), no efectuar las reparaciones necesarias en el inmueble o causar daños intencionados que afecten a su habitabilidad y salubridad.
Este mobbing inmobiliario es ya una práctica ilegal. El pasado 24 de diciembre de 2010 entró en vigor la reforma de Código Penal que tipifica como delito este hecho, penándolo con entre 6 meses y tres años de cárcel.
El mobbing inmobiliario en locales comerciales
Al referirnos al mobbing inmobiliario hacemos referencia a inmuebles en vez de a viviendas, pues este acoso ilegal también afecta a locales comerciales. En estos casos, la búsqueda de una rentabilidad económica es aún más clara: el propietario considera que puede conseguir un beneficio económico mayor y trata de cambiar el negocio o la actividad por otra más lucrativa. Se da, por ejemplo, con propietarios de galerías comerciales de baja actividad que quieren vender el espacio a grandes superficies pero no pueden deshacerse de los pequeños comerciantes que aún subsisten.
Muchos son los establecimientos que también tienen un contrato de alquiler de renta antigua, aunque esta situación terminará en 2014, plazo en el que concluye una moratoria de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y que permitirá actualizar los precios conforme a la situación actual del mercado.
En el actual contexto de crisis económica y tras la mencionada reforma del Código Penal, algunas aseguradoras han renovado sus productos para adaptarse al mobbing inmobiliario. Entre las novedades más destacables están las pólizas familiares o profesionales que cubren precisamente estas situaciones.
¿Has sufrido alguna vez mobbing inmobiliario o conoces algún caso en tu entorno? Si necesitas más información o asesoramiento al respecto, no dudes en contactar con nosotros.