De la mano de la reforma penal, contenida en la Ley 1/2105, que afecta a la responsabilidad penal de la persona jurídica, se han efectuado otra serie de modificaciones legales, con la finalidad de hacer coherentes las legislaciones conexas.

Nos encontramos en un periodo, dentro del que en el plazo de un año, las empresas se verán obligadas a adaptarse a una serie de novedades legislativas dignas de mención, cuando en realidad , se observa, que están más pendientes de problemas nimios ,que de ponerse en marcha para que no les pille desprevenidos la labor de adaptación necesaria.

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento criminal 13/2015 de 5 de Octubre, tendente al fortalecimiento de las garantías procesales y reguladora de las medidas de investigación tecnológica, así como la Ley 41/2015 , tienen por objeto , no solo la agilización de la justicia con el establecimiento de tecnologías informáticas en cuanto a lo que se refiere a presentación de escritos ante los órganos judiciales de cualquier instancia, y recepción de notificaciones a los profesionales actuantes , dentro del ámbito de la admistración de justicia, sino también fortalecer las garantías procesales ante la nueva situación, así como en las relaciones negóciales que cada día se desarrollan en mayor medida utilizando medios tecnológicos, lo que da lugar a situaciones de nuevas formas delictivas, no previstas, y a nuevas formas de negocio.

Dichas medidas, que se encuentran sustentadas en las exigencias del derecho de la Unión Europea, así como las medidas, de nuevo cuño que se implantan respecto a la investigación tecnológica, secreto de las comunicaciones y protección de datos personales, inciden directamente sobre los art. 18 y 24 de la Constitución Española, en cuanto lo que hace es desarrollar derechos fundamentales ya recogidos en el texto constitucional, pero no actualizados con otras legislaciones, ni con las circunstancias actuales de mercado y relaciones que habitualmente utilizan las partes, por lo que se puede afirmar la existencia de lagunas que se vienen a completar con las nuevas reformas.

Desde que se dictó la Carta Magna, hasta el momento, no puede negarse que tanto el desarrollo de algunos derechos fundamentales, como la delimitación de su contenido, como consecuencia de los cambios sociales, nuevos medios tecnológicos y nuevas modalidades de negocios, han sufrido variaciones sustanciales, por lo que es inevitable su incidencia en las regulaciones de sus contenidos y por ende adaptación normativa en aras a la seguridad jurídica mercantil, personal y jurisdiccional.

Lo especificado atañe al marco de las garantías jurídicas de las partes en el desarrollo de un proceso penal, y dentro del marco de los nuevos sistemas tecnológicos.

Ahora bien, en las últimas décadas los procesos de desarrollo de la innovación tecnológica, y el acceso a internet, cada día mas sencillo, lo que evidentemente supone una gran ventaja competitiva para las empresas y que ha socializado la forma de realización del trabajo, ha supuesto una transformación de los mercados, así como nuevas formas de delincuencia, a las que tanto por la seguridad jurídica del tráfico mercantil, como personal, hay que hacer frente.

España es el cuarto país del mundo en importancia de compras en la red, y por ello hay que también extremar los esfuerzos en desvanecer las amenazas que la red comporta y dotarla de seguridad jurídica, a los efectos de que tales relaciones, lejos de esfumarse por carencia de garantías se consoliden en mayor medida.

La única forma de garantizar esa seguridad provendrá de la mano del cumplimiento normativo, del cumplimiento de buenas prácticas comerciales, y de la implantación de la cultura de la prevención, de la que estamos tan carentes en la industria y comercio.

En tal orden , incluso ya las empresas españolas más avisadas, están implantando sus sistemas de buenas prácticas comerciales en comercio electrónico, con el que obtienen el reconocimiento por la entidad de certificación: de la acreditación de los principios de seriedad, transparencia, preocupación por la privacidad de sus clientes y mejora continuada en los procesos de comercialización web y servicios posventa.